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Fallos: 21:271 de la CSJN Argentina - Año: 1879

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CAUSA LEN.
sii sl Na s Sumario. —No mejorándose el recurso dentrs Cel término del emplazamiento, debe declararse desierta a a ál primera rebeldia que le acuso el apelado.

Coso. — En los autos seguidos por el Fisco contra Sambianchi, por cobro de derechos fiscales, no habiendo Sambianchi mejorado el recurso de apelacion dentro del término del umplazamiento, y acusada a rebeldía por el Sr. Procurador General, se dictó el siguiento Falle de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Mayo 29 de 1879.

Por lo que resulta del precedente certificado y á mérito de lo dispuesto en el artículo doscientos catorce de la ley de procedimientos declárase desierto el recurso. Devuélvanse los autos prévio pago de costas y reposicion de sellos.

3. B. GOROSTIAGA. =- 3. DOMINGUEZ, — 0. LEGUIZAMON.

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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:271 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-21/pagina-271

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