CAUSA LI,
El Fisea Nacional, contra D. Juan Cinto, por defraudación de rentas, sobre condenación en costas Sumario. —14" No procedo la condenacion en las costas de Primera Instancia contra el Fisco, cuando ha habido mérito para deducir la acusación.
2 El absuelto de la acusacion tiene su derecho á salvo contra quien por su culpa ha dado ocasion á ella.
Caso. — En una defraudacion de rentas fiscales cometida bajo el nombre de D. Juan Cinto, el Procurador Fiscal dedujo la correspondiente acusacion contra este.
Demostrado por D. Juan Cinto el abuso que se había hecho de su nombre, se dictó el siguiente Fallo del Juez Seccional Paran3, Enero 25 de 1879, Vistos: de los presentes autos seguidos á instancia Fiscal contra D. Juan Cinto, por defraudacion de rentas, en un cargamento de sal procedente de Montevidoo y que dió entrada en el
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Año: 1879, CSJN Fallos: 21:267
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