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Fallos: 209:540 de la CSJN Argentina - Año: 1948

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510 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
HERACLIO FERREIRA v. PROVINCIA DE BUENOS
AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias, El recurso extraordinario no procede respecto de las sentencias incompletas, que obligarían al Tribunal a decidir la causa por partes y no de una manera final; jurisprudencia que es de estricta aplicación al caso en que la sentencia recurrida se limita a pronunciarse sobre una de las cuestiones planteadas por el apelante —iu referente a la violación del principio de igualdad establecido en el art. 16 de la Const. Nacional por el decreto n? 2827 de fecha 28 de abril de 1941 y el art. 10 de la ley 4837 de la Provincia de Buenos Aires que lo ratificó— y ordena devolver el expediente a la cámara de origen a fin de que se pronuncie sobre la cuestión subsidiariamente planteada por el actor (1).


JOSE A. GANDUGLIA

GOBIERNO DE FACTO.
Los decretos leyes dictados por el gobierno de facto son válidos, por razón de su origen, y continúan siéndolo durante el gobierno constitucional subsiguiente aunque no hayan sido ratificados por el Congreso.

SERVICIO MILITAR.
El modo de prestar el servicio militar se rige por las nora8s vigentes al tiempo de prestarlo. La cireunstancia de que, con anterioridad a la reforma de la ley 4707, el ciudadano haya optado por el beneficio previsto en el art. S de aquélla no es óbice para que, llegado el momento de prestar el servicio militar, le sean aplicadas las nuevas normas establecidas por el decreto 10.818/44.

1) 19 de diciembre de 1947.

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Año: 1948, CSJN Fallos: 209:540 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-209/pagina-540

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