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Fallos: 207:48 de la CSJN Argentina - Año: 1947

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1 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA en relación a lo probado en autos como lo hace resaltar el a quo, con costas. — Luis M. Allende. — Miguel A. Aliaga. — Roberto Otero Capdevila.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 12 de febrero de 1947.

Y vistos los autos sobre repetición promovidos contra el Fisco Nacional por Pablo G. y Carlos D. Petrini en los que se ha concedido el recurso ordinario de apelación interpuesto por el Procurador Fiscal.

Considerando:

1° Que la sentencia de primera instancia, confirmada por la de la Cámara de Apelaciones corriente a fs. 282 y que es objeto del reenrso que aquí se considera toma como punto de partida la estimación de oficio.

vale decir que admite la procedencia formal de ella en el caso. Recurrida como fué la sentencia de fs. 258 sólo por el Procurador Fiscal, las objeciones de los actores a la procedencia aludida posteriores, por lo demás, a la contestación de la demanda, no están comprendidas en el recurso. Débese, pues, entrar directamente a considerar las observaciones hechas al contenido de la estimación, cuya procedencia se admite en la sentencia recurrida. Y sólo cón relación a los años 1937 a 1940, pues tampoco hay recurso ni alegación de la demandada en las dos últimas instancias respecto a la prescripción que en la sentencia se considera operada (fs. 262).

2? Que en concepto de utilidad no declarada en el ejercicio de 1936 el informe del inspector Rodríguez Alvarez (fs. 36 del exp. administrativo 11.547-03) incluye $ 118.523,17 ingresados a la cuenta particular

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Año: 1947, CSJN Fallos: 207:48 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-207/pagina-48

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