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Fallos: 206:351 de la CSJN Argentina - Año: 1946

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FALLO DE LA CORTE, SUPREMA
Bs. Aires, 11 de diciembre de 1946, Y vista la precedente enusa enratulada "Gob, de la Prov, de Tuenmán contra Cía, de Electricidad del Norte Argentino, S. A. s. expropiación y consignación" en la que se ha concedido el recurso extraordinario a fs. 78.

Y considerando : Que con arreglo a lo resuelto en Fallos 195, 383, la interpretación y aplicación de una cláusula de una concesión local —y de disposiciones legales de igual naturaleza— no autoriza la concesión del reeurso extraordinario ni aun enando por virtud de la misma se deniegue el fuero nacional invocado por razón de las personas, Como se recordó entonces, a igual título que en los supuestos en que la jurisdieción mencionada se deelare improcedente sobre la base de consideraciones de heeho o de derecho común —doet, Fallos: 178, 2067 181, 81; 189, 176; 194, 92 y otros—, la cuestión federal nlegnda carece de relación directa con la materia del pronaneiamiento, Que es, sin duda, exacto que esta Corte ha decidido también que el reenrso extraordinario puede concederse aun respecto de sentencias fundadas en tales razones si aquéllas fueran insostenibles y frustratorins del dere eho federal nducido — Fallos: 201, 641; 205, 72 y los allí citados, Pero esa posibilidad está condicionada por la evidencia de la arbitrariedad del fallo recurrido Fallos: 195, 145 y otros—, Que también ex ejerto que la jurinprudeneia de mn Corte han entabilecido que la eironmeatameia de ihnblnrío in

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Año: 1946, CSJN Fallos: 206:351 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-206/pagina-351

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