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Fallos: 202:348 de la CSJN Argentina - Año: 1945

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—— FALLOS DE LA CORTE SUPREMA haa + DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL 3 Suprema Corte:

Por sentencia de fecha 15 de noviembre del año último la Cám. Fed. de la Capital condenó a la empresa del Ferrocarril Sud a pagar a Celia, Alberto Antonio y Elvira Ucha, la suma que jurasen serles adeudada, dentro de la de cuatro mil pesos, en concepto de per juicios causados por un accidente ferroviario ocurrido en Gerli el 5 de julio de 1925, Contra tal fallo se ha concedido a fs, 225 vía. el recurso extraordinario que interpuso la parte demandada.

Lo considero improcedente porque las condenaciones impuestas al Ferrocarril Sud tienen por base el criterio que el tribunal aplicó al resolver que dicho anccidente se produjo por culpa mutua; cuestión de hecho, o de derecho común, referible a la prueba rendida en autos y no sujeta a la revisión de V. E. Así correspon de deelararlo, — Bs, Aires, febrero 21 de 1945, — Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 22 de agosto de 1945, Y vistos los antos "Ueha de Ucha Rosalía por sí e hijos menores y Consuelo Ucha contra Ferrocarril del Sud sobre indemnización de daños y perjuicios" en los que se ha concedido el recurso extraordinario interpuesto por la demandada contra la sentencia de la Cám. Fed. de la Capital.

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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:348 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-202/pagina-348

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