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CA FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
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E FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bs. Aires, 20 de agosto de 1945.
Y vistos los autos "Molteni Angel y otros c.. Arnaldo José sobre desalojo", en los que se ha concedido el recurso extraordinario interpuesto por la parte actora contra las resoluciones de fs. 22 vta. y 25 vta.
Considerando:
S Que esta Corte tiene declarada la inconstitucionalidad de los deeretos 14.001 y 15.516 en cuanto se les pretenda aplicables a los casos de desalojos ordenados por sentencia firme (Fallos: 199, 466; 200, 411).
Que las decisiones invocadas se refirieron a sentencias de desalojo dictadas con anterioridad a la vigencia del decreto y en este caso el juicio se ha tramitado íntegramente durante ella.
Que ello no obstante el principio en cuya virtud se llegó en aquellas oportunidades a la conclusión recordada impone idéntica solución en ésta, como la impuso en el caso referente al mismo decreto 21.876 de que aquí se trata que se registra en Fallos: 201, 414. Si hay, como se ha decidido, violación del derecho de propiedad a través del desconocimiento de la cosa juzgad:», cuando la suspensión del desalojo se produce después de la sentencia, no obstante haber sido imposible haberla hecho valer antes porque la promulgación de los decretos aludidos fué posterior, con mayor razón, si cabe, la hay cuando el acogimiento que ataca la cosa juzgada pudo hacerse efectivo antes de la sentencia y hasta, como en este caso, desde que se tuvo la primera noticia judicial de la promoción del juicio,
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Año: 1945, CSJN Fallos: 202:342
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