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Fallos: 20:459 de la CSJN Argentina - Año: 1878

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CAUSA CXXIV
D. Pedro Gomez contra D. Toribio Jerez, sobre indemnización de perjuicios Sumario. — 1° El que ejereita un derecho en consecuencia de una sentencia dictada por juez competente, no asume responsabilidad alguna.

2" Cuando el actor no prueba los hechos alegados en la demanda y señalados en el auto de prueba, el reo debe ser absuelto.

3" Las pruebas presentadas despues de vencido el término legal no pueden ser tomadas en consideracion.

Caso. — El caso está esplicado en el Fallo del Juez de Seccion Santiago del Estero, Junio 14 de 1878.

Y vistos: los autos seguidos entre D. Tomás R. Alvarado, apoderado de D. Pedro Gomez, vecino de la Provincia de Catamarca y D. Justiniano Santillan apoderado de D: Toribio Jerez, vecino de esta Provincia de S?-"iago del Estero, cobrando

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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:459 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-459

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