CAUSA LXI
D. Lorenzo Facio contra D. Domingo Yparraguirre, sobre cumplimiento de un contrato Sumario. — Cuando en un contrato de venta de un bien raiz el vendedor se obliga á entregar una área determinada 6 á pagar o que falte en relacion al todo, el comprador conserva espedita su accion, si resultase no haber recibido el todo.
Caso. — En Julio de 1874 D. Domingo Yparraguirre vendió ú D. Lorenzo Facie un terreno en el pueblo de San Fernando, compuesto de 26 '/, varas de frente por 50 de fondo, agregándose esta cláusula en la escritura: « no solamente vende en su « fondo las 50 varas sinó tambien las demas que resultare, en « la inteligencia de que si el terreno en su fondo tuviese ménos « de 70 varas, se obliga á abonar al comprador el precio de ca« da vara cuadrada con arreglo al total de la venta, de la úrea « que resultase de ménos, con lo que está conforme D. Lorenzo « Facie. » La venta se hizo por la suma de 35,000 $ m/,.
Con este documento se presentó D. José M. Buti por Facie ante el Juzgado de Seccion esponiendo: que su representado acababa de concluir un edificio en el terreno comprado, y al ir
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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:203
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