Por estas consideraciones, fallo, declarando que este Juzgado es incompetente para conocer en la presente causa. Hágase saber orijinal y repónganse los sellos.
Jsidoro Albarracin.
Falle de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Julio 6 de 1878.
Vistos: por sus fundamentos se confirma, con costas, el auto apelado de foja ciento cuarenta y dos, y satisfechas estas y repuestos los sellos, devuélvanse.
3. B. GOROSTIAGA. — J. DOMINCUEZ. —
O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
—«Qu
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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:202
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