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Fallos: 20:199 de la CSJN Argentina - Año: 1878

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Norte del rio, que poseia á título de dominio D. Hermenegildo San Martin.

San Martin ocurrió ante el Juez de 1° instancia -de San Nicolás de los Arroyos, solicitando amparo en su posesion, y con una sumaria informacion producida sobre la posesion y el hecho del despojo, el Juez, con fecha 26 de Agosto de 1875, condenó á Rousse ú levantar la balsa y al pago de costas daños y perjuicios, dejándola á salvo su derecho para que hiciese valer sus acciones en juicio ordinario.

Esta resolucion fué notificada á Rousse en 27 de Setiembre del mismo año y fué ejecutada en 2 de Noviembre, En 6 de Octubre Rousse formuló una protesta ante el escribano del Baradero, contra San Martin y contra la sentencia que se le habia notificade por creerla nula y agraviante de su derecho.

En 29 de Octubre Rousse ocurrió ante el Juez de Seccion esponiendo que el procedimiento seguido en el juicio era nulo é importaba la usurpacion de la jurisdiecion nacional tanto por versar la causa entre en estranjero y un argentino, cuanto porque se trataba de un acto concerniente á la navegacion y comercio marítimo, por lo que pedia se librase exhorto al Juez Provincial para que se abstuviera de proseguir en el conocimiento de la causa, y se declarase que ella correspondia al Juez de Seccion.

Librado el oficio el Juez Provincial dió traslado ú la parte de San Martin quien espresó que no tenia inconveniente en que se remitiera el espediente al Juez de Seccion ante el que haria valer sus derechos.

Remitido el espediente, D. José Ubiña por Rousse pidió se declarase nulo todo lo obrado ante el Juez de Provincia con espresa condenacion en costas á San Martin.

1 Porque el juicio se habia seguido sin su intervencion ni audiencia, por lo que no podia decirse que hubo prorogacion de jurisdiccion.

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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:199 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-199

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