2" Aun que la esposicion de la demanda concluia con la suplica de que el Juzgado declarase nula dicha ley, no obstante eso, teniendo yo en vista que en el cuerpo del escritose quejába Horney contra el procedimiento del encargado del cobro del impuesto en Renca, como ajente ejecutor del Gobierno para ese efecto en aquel punto, donde tiene Horney su casa principal, me limité á librar despacho para el emplazamiento del Comisario y su contestacion á la demanda.
3 Atendiendo por otra ¡arte á que Horney manifesió la existencia de otras casas sucursales de su dependencia en varios Departamentos de la Provincia, accedí ásu solicitud y despaché circulares mandando suspender el cobro del impuesto, siendo verdad que en la órden no se espresó que era limitada al interés de Horney; pero la mente del Juzgado se circunscribia á ese objeto, y asi lo comprendieron los demás esportadores dela misma produccion.
4° Una prueba de la verdad de esto es, que despues de Jibradas dichas circulares y fijados los edictos á quese refiere el representante de la Provincia de San Luis, ninguno de los otros esportadores de la ciudad y campaña dejó de pagar el impuesto cuando le fué exijido, sin que Horney se quejara ile.esto, ni el juzgado saliese de oficio en proteccion de ellos.
5° Pidiendo Horney en su escrito de demanda la devolucion de lo que mas antes se le habia cobrado por aquel título, y la pena delas costas, daños y perjuicios, mostró de este modo que su mente, que á la vez regia la del juzgado, era circunscribir á su propia persona y su sociedad la accion que deducia.
6° Nolificado el emplazamiento al Comisario, de cuyos procedimientos se queja Horney, se negó aquel á comparecer, espresando por una nota que corre en autos, dirijida al Juez comisionado para cilarlo, quetenia órden del Gobierno para no obedecer al Juez Nacional, y que lo que en todo caso haria, seria dar cuenta al mismo Gobierno con el despacho que se le intimaba,
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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:98
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