El cuarto, un oficio del Juez Seccional de San Luis comunicando al Gobierno de la Provincia la providencia recaida en la demanda de Horney, y pidiéndole al mismo tiempo informe sobre lo principal del asunto. Le comunicaba tambien en dicho oficio haber suspendido por ahora, y hasta última resolucion el cobro del impuesto á que el postulante alude. , El quinto, la contestacion del Gohierno de San Luis ála nota anterior. Dice al Juez Seccional.
Hemirado con estrañez que á la simple solicitud de un comerciante se haya ordenado la suspension de los efectos de una ley sancionada por la lejislatura del Estado, cuyos actos, en el ejercicio de la soberanía, no Jelegada, no pueden sujetarse á discusion y al juicio de un Juez Seccional.
Las tendencias de Horney no son otras que las de sorprenderal Juzgado y eludir el pago del impuesto. En lainteligencia de que V. S. se apercibirá de la falta de fundamento en las pretensiones de Horney, omito ocuparme de la demanda de este que el Juzgado se ha dignado remitir en copia á este Gobierno, El sestv, un aviso al público firmado por el Escribano de Seccion, haciéndo saber, por órden del Juez Seccional, que á pedimento de Don Augusto Horney se ha mandado suspender por dicho juez el pago de impuesto titulado municipal sobre la extraccion de frutos del país hasta la resolucion definitiva de la causa.
El séptimo, un oficio del Juez Seccional al encargado del cobro de los derechos municipales del primer Departamento, ordenándole se abstenga de exigir á los esportadores el pago del referido impuesto, miéntras dure la causa promovida por Horney.
El octavo, el mismo oficio original firmado por el Juez de Seccion.
Con estos documentos se presenta ante la Suprema Corte el apoderado de la Provincia de San Luis, Dr. D, Francisco de Elizalde, y dice: Y. E. debe avocar ásí los autos formados ante el Juez de Seccion, por corresponder el conoci-.
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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:95
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