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Fallos: 2:89 de la CSJN Argentina - Año: 1865

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desconoce la validez delos actos legítimos de una autoridad nacional. (Art. 14 delaley sobrejurisdiccion y competenciade los Tribunales de la Nacion.) Caso:—En Agosto de 1864 murió intestato en la Capifal de Buenos Aires el subdito español don Francisco Arango.

El Cónsul de España pasó al Juzgado de 1° Instancia en lo Civil de aquella Provincia una nota, manifestándole el nombramierto de Albaceas dativos qua habia hecho en les personas de don Juan Frias y de don José Henry de los Llanos, en uso de las facultades que le concede el decreto nacional de 19 de Noviembre de 1862.

Pero, presentóse al mismo tiempo el Sr. D. Odon Ro= driguez, alegando ser sobrino legítimo del finado Arango, y pidiendo en consecuencia ser nombrado su Albacea junto con D. Juan Frias.

El Juez de 1° Instancia en lo Civil, con fecha 26 de Agosto, del mismo año 64, acepté, con calidad de provisorios, á los Albaceas propuestos por el Consulado, reservándose la facultad de resolver, despues de practicado el inventario, el incidente sobre albaceazgo promovido por Rodriguez.

El 31 de Agosto resolvió dicho incidente, declarando:

que cesaban en el cargo de Albaceas los nombrados por el Cónsul de España, y nombró en su lugar al Sr. Trelles por ser pariente del finado, y no constar de autos la existencia en España de otros mas inmediatos, nombrando juntamente Albacea al Sr. Frias, por haber convenido en elloel Sr.

Trelles; y confirió á D. José Henry de Llanos el cargo de defensor de ausentes.

El Sr, de Llanos pidió revocatoria de este 'auto, interponiendo el recurso de apelacion para el caso de que no se hiciera lugar á aquella.

El Juzgado despues de haber oido' al Fiscal sobre este punto, no hizo lugar álarevocatoria y denegó la apelacion.

El Sr. Llanos interpuso entónces el recurso de hecho ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, fundándose en que Rodriguez Trelles no reunia la condicion

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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:89 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-2/pagina-89

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