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Fallos: 2:209 de la CSJN Argentina - Año: 1865

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CAUSA CI
EntreCárlos Patiño y Leonardo Godoy, sebre cobro de pesos.

Sumario.—1° Todo documento público trae aparejada ejecucion.—Art. 249, inc. 8? de la Ley de Procedimientos.

2" No probándose la falsedad del título, debe pronunciarse la sentencia de remate, mandando que se lleve adelantela ejecucion.— Artículos 276 y 277 de la referida ley.

Caso.—Cárles Patiño, chileno, despues de haber acreditado su nacionalidad y la 'de Leonardo Godoy, arjentino, pidió al Juez de Seccion de San Juan que se le mandase dar copia de una escritura de obligacion otorgada á su favor por D. Francisco Pereira, con flanza de Leonardo Godoy, La copia de la escritura que se mandó dar, era del siguiente tenor:

« En la ciudad de San Juan, á trece dias del mes de Oc« tubre de mil ochocientos sesenta y dos años, ante mí el « Escribano público y testigos compareció D. Francisco « Pereira, natural y vecino de esta ciudad, á quien doy fé, « conozco y digo: que por el presente instrumento enda via « y forma que mas haya lugar en derecho, otorga: que se « obliga á pagar á D. Cárlos Patiño, del mismo vecindario, « la suma de ciento setenta y un pesos siete reales plata « sellada, usual y corriente, procedentes del valor de unas « especies que se le han mandado pagar en un juicio de « despojo iniciado en su contra por dicho Patiño: en su « consecuencia, se obligaba á pagárselos al plazo de tres « meses contados desde la fecha, sin interés alguno, en « una sola partida, y ponerlos de su cuenta y riesgo en su « casa y poder en buena moneda de plata sellada usual y <« corriente de á ocho reales el peso y no en otra cosa ni es« pecie: cuyo plazo de tres meses cumplirá el trece de Ene« ro de mil ochocientos sesenta y tres que vendrá, en que « se hará dicho pago, y si se escediese del plazo, abonará « desde entónces y sin perjuicio de la via ejecutiva, el in« terés de uno y medio por ciento mensual hasta su calice

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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:209 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-2/pagina-209

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