FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 7 de julio de 1944.
Y vista la precedente causa caratulada "Schuvaks Manuel Infrac. Ley 12.591, Exp. 70.176/943", en la que se ha concedido a fs. 50 vta. el recurso extraordinario.
Y considerando:
Que la única cuestión traída al conocimiento del "+ Tribunal, por vía del recurso interpuesto a fs. 49 y concedido a fs. 50 vta., consiste en la violación de la garantía de la defensa en juicio, que se dice ha sufrido el apelante a quien se habría omitido oír y acordar oportunidad de defenderse, Que de autos resulta que don Manuel Schuvaks fué citado para ante la División Salas Sumariales de la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura —donde se le siguió el proceso administrativo por alza de precio de hierro provisto de documentos de identidad y con la prueba de descargo de que quisiera valerse —fs: 3—, El arquitecto Schuvaks compareció efectivamente —fs. 4— y manifestó no haber tenido ni vendido el hierro motivo del sumario.
Que en presencia de los documentos de fs. 7 y siguientes, referentes a las operaciones atribuídas al recurrente, se volvió a citar a éste —fs. 14— contestando en su nombre una persona del estudio excusando su inasistencia —fs. 15—, Citado nuevamente —esta vez " por sí o por intermedio de apoderado y bajo apercibimiento de tenerse por probados los hechos que se le imputaban, fs. 16— no hay constancia de que concurriera. En tales condiciones y sobre la base, además, de
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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:209
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