SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, 1" de septiembre de 1943. 
Y vistos: Estos autos seguidos por María Beazley de Romero y otros contra la, Dirección Nacional de Vialidad, sobre cobro de pesos; y Considerando :
Que además de los fundamentos expuestos por el Sr, Juez a quo que el Tribunal comparte, para resolver que no debe tener valor en este juicio por expropiación contra la Dirección Nacional de Vialidad, la condena al pago de intereses desde el 31 de diciembre de 1931, resuelta contra "quien corresponda" en el seguido por reivindicación por los actores contra la Municipalidad de Buenos Aires ante el Juzgado. en lo Civil n° 2 de esta Capital, cabe afirmar también que no puede sostenerse la existencia de cosa juzgada al respecto, porque no existe identidad de partes ni de objeto entre ambns juicios.
Que el art. 16 de la ley 189 establece que la indemnización deberá comprender todos los gravámenes o perjuicios que sean consecuencia forzosa de la expropiación; y la jurisprudencia, interpretando ese texto, ha resuelto invariablemente que el expropiante debe también los intereses de la suma en que se ha avaluado la indemnización, en la parte no depositada para el pago, desde el día de la desposesión de lo expropiado (Suprema Corte, Fallos: 160, 435; 129, 174; 139, 116, entre otros, Cámara Federal, J. A. 61, 592; 48, 144, ete.).
Que en el caso sub lite, la desposesión que aducen los actores como causa para reclamar el pago de intereses, se habría producido con mueha anterioridad a la fecha en que la Direeción Nacional de Vialidad incorporó las tierras a la Avenida General Paz. Según lo expresan aquéllos en su demanda por reivindicación contra la Municipalidad, fué ésta quien en 1931 procedió a cercar los macizos centrales y a dejar expeditas las calles sin que los propietarios nada intentaran con respecto a éstas hasta 1935, fecha en que iniciaron el juicio que terminó con la resolución de la Corte Suprema sobre competencia (Fallos: 179:293 ). De manera que al incorporar Vialidad esas calles a la Avenida General Paz en 1937, cuando llegaron allí los trabajos, de nada desposeyó a los actores, que tan habían perdido ya la posesión que se vieron en la necesidad de reivin
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Año: 1944, CSJN Fallos: 199:108 
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