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Fallos: 198:404 de la CSJN Argentina - Año: 1944

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dadero señor de la cosa, debe rechazarse la defensa de prescripción adquisitiva fundada en el art. 3999 del C.

Civil.

PRESCRIPCION: Principios generales.

Es improcedente la defensa de prescripción de la acción de simulación de una escritura de cesión de derechos efectuada por el actor a un tercero, opuesta por el demandado en un juicio en que no es parte el tercero,

CONDOMINIO.
Desconocido por el demandado el condominio invocado por el actor que ejeree la acción de división del mismo, ésta se trueca en una acción reivindicatoria.


CESION DE DERECHOS.
La cesión de acciones y derechos sobre un inmueble no requiere la tradición de éste para su validez,
CESION DE DERECHOS,
La escritura pública de cesión de derechos y acciones sobre la parte indivisa de un inmueble es oponible al cedente mientras no se haya declarado su invalidez en juicio con el cesionario; cuestión que es previa a la demanda sobre la división de condominio promovida por el cedente contra un tercero con posterioridad a la cesión.

CONDOMINIO.
Es improcedente la demanda sobre división del condominio promovida contra una provincia por quien ha cedido en forma válida las acciones y derechos de que era titular con respecto al inmueble, aunque sostenga que fué simulada la transferencia hecha al cesionario, a quien no se dió intervención en el juicio.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Corte Suprema :

La jurisdicción originaria de V. E. para conocer en este caso resulta acreditada por tratarse de un litigio sobre división de condominio, promovido por un vecino

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Año: 1944, CSJN Fallos: 198:404 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-198/pagina-404

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