La DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 589 extraordinario carece ya de objeto. Notifíquese y devuélvase.
Ronerro Rererro — ANTONIO Sa
GARNA — Luis Linares — B.
A. Nazar ANCHORENA — F.
Ramos Mesía, —oui
IGNACIA PALERMO DE JOSE Y OTROS v, PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
SOBRESEIMIENTO, ;
El sobreseimiento Provisional deja una fuerte presunción en favor del inculpado que es de tenerse muy en cuenta en el juicio civil sobre indemnización de daños y perjuicios, PRUEBA: Testigos. :
La sola circunstancia de que el testigo sea empleado de la provincia demandada no basta para negar valor a las declaraciones que ha prestado en el juicio y aun cuando ellas tendrían mayor fuerza si no mediara esa vinculación, a falta de otros testigos más autorizados debe reconocérseles eficacia suficiente para formar la convicción del juez, Daños y PERJUICIOS: Culpa. Extracontractual, La sola falta de barreras no basta para responsabilizar a las empresas ferroviarias por los accidentes ocurridos i en los pasos a nivel, a menos que los interesados prueben que la frecuencia del tránsito en determinado lugar u otra circunstancia especial hacía indispensable el establecimiento de aquéllas Para la seguridad del Público (1), DAÑOS Y PERJUICIOS: Culpa, Extracontractual, No habiéndose demostrado la existencia de culpa de los empleados de la empresa ferroviaria ni de defectos de la y 1) 29 de diciembre do 1943, Fallos: 142, 185 y 238; 166, 45; 184, 680; 185, 25, E
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Año: 1943, CSJN Fallos: 197:589
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