DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 518 a FALLO DE LA CORTE SUPREMA i Buenos Aires, 3 de setiembre de 1943.
Y vistos: El juicio seguido por Genaro García contra la Provincia de Córdoba por inconstitucionalidad del impuesto de contribución territorial y devolución de sumas pagadas.
Resultando :
Que a fs. 10 se presenta César E. Soregaroli en representación de Genaro García, demandando a la Provincia de Córdoba por inconstitucionalidad del impuesto de contribución territorial y devolución de la suma de $ 62.810,60 m/n., sus intereses desde la notificación de la demanda y las costas. Funda su acción diciendo: que :
su mandante es dueño de los campos La Joaquina, Colonia Las Mercedes y Colonia Santa Catalina, ubicados los dos primeros en el departamento Sáenz Peña, pedanía La amarga, y el último en el de Tercero Arriba, pedanía El Salto, de la demandada; que sancionada en 1938 la nueva ley de impuesto de contribución territo- i rial para 1939 se aumentó considerablemente ese gravamen en la proporción de 100 a 260; que en virtud :
de esa ley su mandante abonó por contribución directa sobre los citados campos, los años 1939 y 1940, con la deducción del 10 en atención a la oportunidad de sus pagos $ 9.643,85 por La Joaquina, $ 7.218,70 por Las Mercedes, y $ 14.568 por Santa Catalina, en total y en conjunto por ambos años $ 62.810,60 m/n., que es la suma que reclama; que los pagos se hicieron bajo pro- :
testa efectuada por telegramas colacionados dirigidos a la Dirección Ceneral de Rentas de la Provincia haciendo constar que se impugnaba el gravamen por ina
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Año: 1943, CSJN Fallos: 196:513
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-196/pagina-513
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