e. 180 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA E aduanera, cuyo carácter penal no se modifica por la cirE cunstancia de tratarse de procedimientos posteriores a la E sentencia condenatoria (1).
Es o VENILALGO Y CIA. yv. ADUANA RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.
La opción por el recurso administrativo establecido en el art. 73 de la ley 11.281 importa la renuncia definitiva del judicial y, por lo tanto, el abandono de la vía que permite llegar hasta la Corte Suprema por medio del recurso extraordinario que es improcedente respecto de la resolución dictada en el asunto por el Ministro de Hacienda de la Nación (%),
JOSE HIPOLITO PEREZ
ENROLAMIENTO.
El infractor al art. ? de la ley 11.386 mayor de 19 años y menor de 45, declarado apto para servicios auxiliares, debe ser condenado a prestarlos durante un año e incorporado al ejército con ese objeto aunque después de aquella declaración haya sufrido trastornos que podrían ineapacitarlo, sin perjuicio de dársele de baja si la incapacidad se produjera con posterioridad a la incorporación.
e SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL Mendoza, diciembre 51 de 1942, Y vistos: Los presentes N" 89.207, caratulados: "Fiscal contra José Iipólito Pérez, por infracción a la Joy 11.386, art. 2", y Considerando :
Que a fs. 7 presta declaración indagatoria el cansante manifestando que no se enroló dentro del término fijado por 1) 14 de julio de 1943. Fallos: 185, 5 y 89; 187, 569. En la mis:
ma fecha recayó igual resolución en la eausa A, 166, seguida entro las mismas partes.
2?) 11 de julio de 1947. Fallos: 189, 156; 194, 187,
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Año: 1943, CSJN Fallos: 196:180
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