———.- FALLOS DE LA CORTE SUPREMA a + NEUMAN, SOCIEDAD EN COMANDITA yv. ADUANA E RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Resolución Es contraria.
| El litigante que se limitó a fundar su derecho en normas | comunes sin haber intentado oportunamente una interpretación compatible con aquél de la norma federal invocada e por su contrario, no está habilitado para fundar en ésta h el recurso extraordinario contra la sentencia que desestimó Í su pretensión (1), e FALLO DE LA CORTE SUPREMA r Buenos Aires, 14 de julio de 1943.
Y vista la precedente causa caratulada "Neumann N. Soc. en Com. — Aduana 104 B, 1937. Recurso de He cho" para decidir respecto del recurso extraordinario concedido a fs. 300 vta.
Y considerando:
Que el recurrente fundó el pedido de que se decla rara prescripta la multa impuesta, en la circunstancia de que regían el caso los arts. 65, inc. 4 y 66 del Código Penal, en virtud de lo prescripto en el art. 4 del mismo, y por no existir en las 00. AA. ninguna disposición aplicable al supuesto de prescripción de la pena.
Que fué el Ministerio Fiscal —fs, 291— el que invocó el art. 433 de las OO. AA. para la solución del caso.
Que para la aplicación de la jurisprudencia de esta Corte según la cual en las causas que versan sobre interpretación de una ley federal, la procedencia del re1) En la misma fecha recayó igual resolución en la enusa N° 30 seguida entre las mismas partes.
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Año: 1943, CSJN Fallos: 196:178
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