para casos más leves (art. 980 de las 00. AA., fs. 163) carece de eficacia desde el momento que la facultad del art. 1056 de la misma ley alcanza a todos las penalidades que se mencionan en la sección quinta del aludido estatuto —arts. 896 a 1034— de manera que los dobles derechos de la sanción punitoria pueden también °°disminuirse siempre que se encontrasen en la sumaria motivos suficientes de atenuación"? —art. 1056— cuestión de hecho insusceptible, como queda expresado, de revisión en el remedio federal, Que en tales condiciones, la referida cuestión carece de entidad suficiente para sustentar el recurso denegado —Fallos: 194, 220, consid, 4.
En su mérito se desestima la queja interpuesta por el señor Fiscal de Cámara. Hágase saber; devuélvanse los autos elevados como mejor informe al tribunal de su procedencia. Y archívese.
ANTONIO SAGARNA — Luis LINAREs — B. A. Nazar ANCHORENA — F. Ramos Mesía.
NACION ARGENTINA v. FERROCARRIL DE
ENTRE RIOS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Sentencia definitiva. — Cuestión federal. Casos. Leyes del Congreso.
Es procedente el recurso extraordinario interpuesto en juicio de apremio por el procurador fiscal, contra la sentencia del juez federal que desconoce el derecho fundado por el Fisco en una ley nacional para cobrar el impuesto a la nafta a un ferrocarril.
Compartir
90Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1943, CSJN Fallos: 195:94
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-195/pagina-94¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 195 en el número: 94 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
