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Fallos: 195:483 de la CSJN Argentina - Año: 1943

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ADAN RODRIGUEZ ZAVALLA
JURISDICCION: Concurso civil.

El juez del lugar donde el deudor tiene su domicilio y su principal establecimiento es el competente para conocer en su concurso civil,
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Viene ante V. E. para ser dirimida, esta contienda de competencia que se plantea entre un juez de primera instancia en'lo civil, de la Capital Federal, y otro de igual grado en lo civil, comercial y minas, de San Juan, por considerar uno y otro que les corresponde el conocimiento de un concurso formado a D. Adán Rodríguez Zavalla. Existen al respecto dos expedientes: el concurso de Buenos Aires, fué abierto en setiembre de 1941, y el de San Juan en marzo de 1942 (fs. 63 vta.

exp. 5912).

V. E. tiene resuelto que juicios de tal clase deben abrirse en el lugar donde el concursado tuviere su domicilio y su principal establecimiento, con arreglo a lo dispuesto en los arts. 2 de la ley 927 y 718 del Cód.

de Proc. de la Capital ( 128:148 ; 184:179 ). Resultando inequívocamente del sub judice que Rodríguez Zavalla tuvo su domicilio en San Juan, y que allí están asimismo los bienes con que hará frente a las deudas contraídas con sus acreedores, pienso que tales circunstancias bastan para decidir la contienda. Solicito, en consecuencia, se la resuelva a favor del Sr. juez de aquella provincia. — Buenos Aires, febrero 22 de 1943. — Juan Alvarez,

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Año: 1943, CSJN Fallos: 195:483 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-195/pagina-483

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