confirma la sentencia de fojas 59 en cuanto pudo ser materia de recurso. Hágase saber y devuélvase al tribunal de procedencia.
Ronerro REPETTO. — ANTONIO SAGARNA, — B. A. Nazar ANnCHORENA. — TF. Ramos Mesía.
CARMEN CAÑAS DE ROMERO v. MUNICIPALIDAD DE
LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal. Casos, Constitución Nacional, Es procedente el recurso extraordinario fundado en el art.
17 de la Constitución Nacional contra la sentencia que, en una causa sobre expropiación seguida ante la justicia ordinaria por la Municipalidad de la Capital Federal, se limita a fijar el valor de la tierra de que fué desposeído el recurrente con anterioridad a la iniciación del juicio, sin acordar cantidad alguna en concepto de indemnización por los intereses de la suma que se manda pagar como precio.
SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA
Buenos Aires, 30 de septiembre de 1942.
Y vistos: resulta:
A fs. 3 se presenta por medio de apoderado doña Carmen Cañás de Romero demandando por expropiación a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y a las Obras Sanitarias de la Nación.
Expresa la actora que es propietaria de una fracción de terreno que formó parte de la antigua chacra " Los Remedios",
Compartir
59Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1943, CSJN Fallos: 195:421
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-195/pagina-421
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 195 en el número: 421 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos