vta., Directores del Departamento Nacional de Higiene el primero, en la época en que se tramitó la adquisición, y el segundo en el período inmediatamente subsiguiente, El doctor Padilla, interrogado sobre si ordenó se tomara posesión del campo La Unión introduciendo en él 300 caballos del Instituto Bacteriológico, responde que es cierto y que tal medida fué ordenada "cuando se firmó el boleto de compra sin recordar la fecha mi los empleados que lo hicieron"'. El doctor Susini, a su vez, requerido sobre el particular, responde atenido a constancias administrativas agregadas "que obedeciendo órdenes verbales de la superioridad el Director del Instituto Bacteriológico envió 292 equinos al campo de los señores Fonseca el día 14 de diciembre de 1931 que permanecieron en un potrero desde el 14 de diciembre de 1931 hasta el 20 de marzo de 1932, del que fueron trasladados a otro potrero de 120 hectáreas porque aquél no satisfacía la alimentación de los animales por la escasez de sus pastos que eran consumidos por los animales del Departamento y por 350 vacunos y yeguarizos de pertenencia de los señores arrendatarios"?; en el lote de 120 hectáreas al cual se trasladaban los animales había "además 45 yeguarizos de los señores Fonseca".
Que tomar la posesión "tiene un sentido legal y perfectamente jurídico", pero no parece que los hechos producidos en esta causa respondieran a él. No se concilia, en efecto, que se ordene tomar la posesión del campo La Unión por el Presidente del Departamento, como éste lo declara, y simultáneamente una de las cláusulas del boleto firmado por el mismo postergue la entrega del campo libre de ocupantes para después de realizada la operación. Como tampoco se concilia que si realmente se hubiera tomado posesión
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Año: 1943, CSJN Fallos: 195:353
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