Juzgado Federal de la Capital para entender en este juicio (1), — Carlos del Campillo. — Ricardo Villar Palacio. — Juan A.
Gonzáles Calderón, — Eduardo Sarmiento. — Carlos Herrera.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GIENEBAL
Suprema Corte:
Por las razones dadas a fs. 68 vta. de los autos principales por la Cámara Federal de la Capital, considero bien denegados los recursos interpuestos a fs. 67.
La sentencia de fs. 65 vta. no deniega el fuero federal sino que, al confirmar por sus fundamentos el fallo de fs. 45 se limita a decidir una cuestión procesal, 2, saber; si la causa debe seguirse ante la jurisdicción del Juez Federal de esta Capital o ante el Juez Letrado de Misiones. El sentido de esa resolución está dado en la sentencia de V, E. (fs. 63) conforme a mi dictamen que le precede.
No existe, así, denegación del fuero federal que autorice la intervención de V. E. (art. 14, Ley 48).
Correspondería por ello declarar improcedente el presente recurso directo. Buenos Aires, marzo 1' de 1943. — Juan Alvarez.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 31 de marzo de 1943.
Y vista la precedente queja caratulada "Recurso de hecho deducido por el recurrente en los autos Lowe e hijo s/ infrac. decreto núm. 2992" para decidir respecto de su procedencia.
1) Publicado en el t. 194, pág. 84.
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Año: 1943, CSJN Fallos: 195:178
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