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Fallos: 195:125 de la CSJN Argentina - Año: 1943

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ción en lo criminal de esta Capital para que, por intermedio del juez de paz del Tigre, partido de Las Conchas, proceda a poner en posesión de los bienes inmuebles e instalaciones, libros, doenmentos y papeles de la "Baires Film", Sociedad de Responsabilidad Limitada, al Sr. interventor judicial Dr. José María Cantilo; todo de conformidad con lo resuelto por el juez exhortante la causa contra Carlos Pedro Alberto Scapusio, Eduardo Toribio Bedoya y otros por defraudación y asociación ilícita, según resoluciones que se transcriben en lo pertinente —fs. 1 y 2—; el juez exhortado se negó reiteradamente a dar cumplimiento a la carta rogatoria, por no contener ella los recaudos procesales indispensables como ser: transcripción íntegra del anto judicial en que se ordena la medida motivo dé la rogatoria; la constancia respecto a si ese auto se encuentra firme —fs. 3—; que la designación del interventor judicial no ha recaído en la jurisdicción comercial, por lo cual "la diligencia judicial tiene el doble carácter de un secuestro o embargo de bienes y de una ocupación de papeles privados y libros de comercio, amparados todos por la garantía de la inviolabilidad establecida en los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional" etc.; "que la carta fundamental de la provincia exige la especificación de los objetos sometidos a la pesquisa o embargo"; que no se han llenado tampoco los extremos exigidos por los arts. 403, 406, 409, 411 y 425 del Código de Procedimientos de la Capital Federal; que es indiscutible la facultad del juez exhortado para examinar las formas de la requisitoria que se le dirige a fin de establecer si su cumplimiento invade su propia competencia o afecta derechos esenciales consagrados por la legislación general en favor de los habitantes del país, pues en tal caso debe

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Año: 1943, CSJN Fallos: 195:125 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-195/pagina-125

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