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Fallos: 194:472 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
DICTAMEN DEL Procuranor GENERAL
Suprema Corte:

Por sentencia de fs. 109 —expediento €. 99, Lib.

VIII agregado por enerda floja— distada en terecra instancia ordinaria por Y. E, el procesado Juan Cuevas, fué condenado a sufrir la pena de doce años de prisión y accesorias por un delito de homicidio, En razón de haber cumprido más de los dos tercios de la pena impuesta fué puesto en libertad condicional por sentencia de fs. 6 via, dictada en el incidente respeetivo, agregudo en izual forma a esta enusa, Mientras transeurrían los cuatro años restantes para la terminación de los doce fijados en la sentencia, Cuevas fué nuevamente procesado por otro delito y, al dictarse sentencia (fs. 67 de estos autos), le fué impuesta Ia pena única por los dos delitos de quíinee años de prisión, con accesorias legales y costas, Esta sentencia ha sido apelada para ante la Corte Suprema habiéndose conerdido el reenrso en razón de lo dispuesto por el art. 3, ine. 5" de la Joy 4055.

Creo, empero, que es éste improcedente.

La meva sentencia no ha hecho más que agravar en tres años la condena anterior; término éste que no aleanza al establecido como mínimo en la disposición legal precitada. Y aunque dichos tres años se stmaran a los que aun deberá cumplir el procesado por virtud de la primera sentencia, tampoco restltaría éste privado de su libertad por un término mayor que el de diez años fijado para que proceda la revisión de la sentencia por la Corte Suprema en el recordado art. 3, ine. 5" de la ley 4055.

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:472 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-194/pagina-472

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