32 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Juan Eduardo Cabant y otros contra la misma deman— (Gaceta del Foro: 152, 22), Por ello y fundamentos de la sentencia aputada, se la eonfirma con costas. — Carlos del Campillo. — Juan A. González Calderón. — Ezequiel S. de Olaso.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Bienos Aires, 5 de octubre de 1942.
Y vistos: Los del recurso de apelación ordinaria interpuesto por el ministerio fiseal contra la sentencia de la Cámara Federal de la Capital que hace lugar a la demanda de Lubricantina S. A. contra el Gobierno de la Nación para que se le devuelva lo que fué obligada a pagar por réditos devengados el año 1931 y distribuidos a los accionistas en 1938; y Considerando:
Que, como lo expresa la cámara a-quo, la litis ante esta Corte quedó reducida a la enestión de saber si los réditos producidos con anterioridad a 1932, deben pagar el impuesto de la ley 11.682, cuando son repartidos a los accionistas con posterioridad al 1 de enero de dicho año, Que el art. 20 de la dicha ley, T, O., es claro al preceptuar que °El impuesto se aplicará a los ejereicios vencidos con posterioridad al 1? de enero de 1932, " proporcionalmente por los meses que correspondan al tiempo transeucrido desde esa fecha" (penúltimo párrafo) ; y en ninguna parte de su articulado le dió efeeto retroactivo para gravar las ganancias de 1931 0 de años anteriores.
Que no importa —en el caso— inquirir y decidir la
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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:32
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