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Fallos: 194:36 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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cial, y el fallo es contrario a la procedencia del fuero federal invocado por el actor.

En cuanto al fondo del asunto pienso, como el señor fiscal de cámara a fs. 49, que de proceder la declaratoria de falta de jurisdicción debió ella ser pronunciada por el señor juez de sección de Misiones, único llamado a conocer. — Buenos Aires, octubre 23 de 1941, — Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de octubre de 1942.

Y vistos: Los del recurso extraordinario de Lowe e hijo contra la resolución de la Cámara Federal de la Capital, que declara la falta de jurisdicción de la justicia nacional parn conocer en el juicio contencioso que ha instaurado para obtener la nulidad de la multa que le impuso la Comisión Reguladora de la Yerba Mate por infracción a la ley 12.236 y decreto reglamentario 2992; y Considerando :

Que el juez federal de la Capital, de conformidad con lo dictaminado por el procurador fiscal, declaró su incompetencia por razón territorial pues habiéndose cometido la imputada infracción en Misiones, al juez letrado de dicho territorio le incumbía conocer en la causa —fs. 44 y 45—, Que esa resolución fué apelada por Lowe, quien sostiene que estando radicada en esta Capital la junta que impuso la multa, es aquí donde debe interponerse el recurso de las leyes 12.256 (art. 8) y 3764 (art. 27)

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:36 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-194/pagina-36

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