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Fallos: 194:35 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, 28 de julio de 1941.

Vistos y Considerando:

Que la firma Lowe e hijo se presenta al Juzgado Federal en lo Criminal y Correecional, manifestando que de acuerdo con el art. 8 de la ley 12.236 y 27 de la ley 3164, ocurre por vía contenciosa contra una resolución de la Comisión Reguladora de la Producción y Comercio de la Yerba Mate, tomada en el expediente sumario 378, L, 1939, por infracción al decreto 2992 sobre limitación de cosecha del año 1938, Que la ley 12236 no concede el recurso interpuesto disponiendo únicamente el art. 8 de la misma, invocado por la pesones que "los infractores a lo dispuesto en la presente ey o a los reglamentos que e. su cumplimiento se dicten incurrirán en una multa de $ 100 a $ 10.000 m/n., que se hará efectiva por el procedimiento establecido en la ley 13764", es decir, por la vía de apremio que establece el art. 25 de la ley 3764 para el cobro de las multas; no existiendo disposición legal alguna en la legislación vigente que autorice la vía contenciosa deducida.

Que las decisiones del poder administrador, dictadas dentro de la órbita de sus facultades, son ajenas al conocimiento del podar judicial e irrevisibles por éste, fuera de los casos y por la vía que las leyes autoricen su intervención, Que siendo la jurisdicción de orden público, la incompetencia de la justicia federal puede ser declarada de oficio y en cualquier estado del juicio.

Por ello, se declara que la justicia nacional carece de jurisdicción para conocer en el presente recurso. — Nicolás Gon- 4 zález Iramain. — Carlos del Campillo. — Ricardo Villar Palacio, — Ezequiel S. de Olaso. — Juan A. González Calderón.


DICTAMEN DEL PrOCURADOR GIENERAL
Suprema Corte:

El recurso extraordinario interpuesto a fs. 52 ba sido bien concedido para ante V. E. toda vez que se discute la interpretación y aplicación de una ley espe

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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:35 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-194/pagina-35

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