306 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA vez realizada, como a juicio del arquitecto director resultaba incómoda, se resolvió cambiar a pedido de éste, Se trataba de un trabajo extraoruinario que los constructores hicieron sin cobrar por su ejecución, no obstante que debía pagársele.
Respeeto al local 500: saenr manijas de celosías para dejarlas fijas. Ese trabajo fué ejecutado de acuerdo a las indicaciones contenidas en los pliegos respectivos, pero a pedido del arquiteeto director se sacaron dejándolas fijas, Este es también un trabajo extraordinario que los constructores no cobraron.
Local 464, El inodoro fué colocado de acuerdo a las indicaciones de los planos, pero el arquitecto director propuso que se desplazara a otra pared, a lo que necedieron los construetores y practicaron con mucho trabajo, sin cobrar estipendio extraordinario.
En lo concerniente a los locales 410, 412 y 414, se refieren a simples retoques, lo que implica que los trabajos ya fueron realizados, pero en la fecha de la recopción provisional el arquitecto director creyó conveniente nuevos retoques, que también se hicieron, En lo concerniente a las manijas de las cerraduras, el subcontratista de las obras de herrería se abstuvo de colocarlas en previsión de que pudieran ser rotas y para seguridad de los materiales destinados a retoques que los pintores guardaban en los locales respectivos.
El trabajo de colocación de manijas fué de algunos instantes y se hizo en su oportunidad.
Los demás trabajos que indican a título de "°observaciones generales" se hicieron necesarios a raíz de los desperfectos y suciedados originadas por la aglomeración de público en ocasión de la inanguración del edificio, realizada el día anterior.
Como se ve, se trata de detalles insignificantes y
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Año: 1942, CSJN Fallos: 194:306
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