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Fallos: 193:306 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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306 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA público en los permisos de cateo, la concesión de minas y la clasificación de la categoría a que éstas pertenecen, por lo que no puede fundarse la invalidez de dichos actos en que son violatorios de aquellas disposiciones.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Don Juan Manuel Orella era propietario de cierto campo situado en una región lindera de la Provincia de y Jujuy y la Gobernación de los Andes, sin que hasta hoy se haya trazado el límite separatorio de ambas jurisdicciones. Sobre ese campo, el gobierno de Jujuy otorgó varias concesiones mineras, que han dado lugar a dos litigios ante V. E. En el primero Orella gestionaba se deelarase inconstitucionales algunas disposiciones del Código de Minería, que conceptuaba violatorias de su derecho de propiedad. Perdió ese pleito ( 182:439 ), y al ejecutársele por las costas, fué rematado el campo y pasó a poder de un tercero, no sin que Orella sostuviese reiteradamente que las minas origen de la controversia se hallaban fuera de la jurisdicción de Jujuy, y en consecuencia no pudo reconocerse validez a las concesiones otorgadas a su respecto por el gobierno provincial. Como tal excepción no fuera admisible durante el cumplimiento de una sentencia fué rechazada.

El actual es el segundo de los litigios a que aludí.

Orella vuelve a plantear la misma cuestión, esta vez en juicio ordinario, con la salvedad de que si bien ya no es dueño del campo, se ha reservado los derechos que le correspondían sobre las minas, cuando lo era. La Provincia de Jujuy le habría causado perjuicio al concederlas excediendo su jurisdicción territorial. Por ello pide se declaren nulas tales concesiones, y sea condenada la

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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:306 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-193/pagina-306

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