aparece demostrado que el meridiano trazado por Domínguez dista del mojón de arranque del meridiano señalado por Balbín y Pico, aproximadamente 4.865 metros hacia el poniente (el plano designado con la letra IL, fs. 23, marca 4.859 metros).
46") Que como lo demuestra el testimonio de eseritura pública agregado a fs. 1 y el plano de fs. 20, los límites del lote 5 adquirido por Miller y Scott eran los siguientes: al Norte el lote 8, al Nordeste las tierras llamadas de Goico, al Sud el lote 4 y al Oeste tierras pertenecientes al Banco Hipotecario Nacional. Y para mayor claridad se expresó, además, en la escritura, que el susodicho lote 5 estaba situado al Norte del paralelo 36, entre los meridianos noveno y décimo. El paralelo 36 sirve de límite entre una parte del Sud de Mendoza y La Pampa. El meridiano 10" Oeste de la Prov. de Buenos Aires divide Mendoza con La Pampa, pero sólo desde el paralelo 36" hasta el río Colorado, es decir hacia el Sud. Entre tanto el lote 5 se encuentra colocado al Norte de aquel paralelo. Linda sí, por el Oeste, con el meridiano 10", pero eso sucede al Norte del paralelo 36 cuando aquel meridiano no divide todavía, viniendo hacia el Sud, a Mendoza de La Pampa. Estos antecedentes; la circunstancia de que los terrenos han sido ubicados tomando como puntos de referencia accidentes geográficos nombrados en los títulos originarios como el cerro Nevado, confluyen a demostrar la afirmación ya presentada de que estas tierras se encuentran situadas en el interior de ¡a provincia y lejos del límite con La Pampa. Por consiguiente, ninguna relación tiene la solución de esta contienda con los límites de la Provincia de Mendoza con territorios nacionales o leyes federales susceptibles de interferir la jurisdicción de aquélla, impidiéndole dar solución por derecho propio a
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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:301
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