VICENTE EVOLI v. NACION ARGENTINA
ADUANA: Aforo.
Los vidrios planos comunes, aunque tengan más de cuatro milímetros de espesor, se hallan comprendidos en la partida 1764 de la Tarifa de Avalúos, y no en la partida 1775 como lo establece la resolución ministerial R, F. 67 introduciendo un distingo no autorizado por la ley (').
PAGO: Pago con protesta. Forma.
Es eficaz la protesta concebida en términos que excluyen la posibilidad del desconocimiento por la administración de la disconformidad del contribuyente y de las razones en que se funda (°).
PAGO: Pago con protesta. Alcance.
Los pagos ulteriores a la protesta se hallan amparados por ésta cuando en ella se hace referencia a los mismos.
INTERESES: Procedencia del cobro. Mora.
La reclamación administrativa tendiente a obtener de la Nación la devolución de un impuesto indebidamente cobrado, no la constituye en mora ni le impone, por consiguiente la obligación de pagar desde entonces intereses moratorios, los cuales sólo corren a partir de la interpelación judicial (3).
NACION ARGENTINA yv. CARMEN REBOYRAS DE
GUTIERREZ
EXPROPIACIÓN: Indemnización.
MINAS.
No procede incluir en el monto de la indemnización que debe pagarse al dueño de un inmueble expropiado para realizar obras de irrigación, el valor de la mina de cobre inexplotada existente en aquél y no comprendida en la expropiación, 1) Fecha del fallo: 3 de junio de 1912. Ver Fallos: 176, 353; 181, 255.
2) Fallos: 188, 393; 190, 277.
3) Fallos: 130, 77; 178, 353; 181, 9255.
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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:27
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