diferencia entre el peso del papel introducido y el del empleado en la impresión de diarios etc. No es esa una cuestión de derecho sino de hecho y prueba.
En su mérito se declara que es improcedente el recurso extraordinario. Hágase saber y devuélvanse, debiendo reponerse el papel en el juzgado de origen.
ANTONIO SaGARNA — Luis LiNaRES — B. A. Nazar AnCHORENA — F. Ramos Megía.
FERROCARRIL DEL SUD v. PROVINCIA DE
BUENOS AIRES
EXCEPCIONES: Excepción de incompetencia.
JURISDICCIÓN: Cuestiones de competencia.
Al oponer la excepción de incompetencia el demandado debe invocar todas las razones por las cuales desconoce la jurisdicción del tribunal. Esta no puede ser nuevamente inpugnada al contestar la demanda, aun cuando para ello se alegueén otras razones,
FERROCARRILES,
El art. 79, ine. 1", de la ley de ferrocarriles de la Provincia de Bueños Aires impone a ésta la obligación de transmitir a las empresas ferroviarias el dominio de los terrenos fiscales que hayan de ocupar la vía y sus dependencias, y de otorgar a ese efecto la correspondiente escritura pública.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Consta a fs. 56 de estos autos, que en 14 de octubre de 1907 el gobierno de la Provincia de Buenos Aires escrituró a favor de don Eduardo E. Shaw la concesión
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Año: 1942, CSJN Fallos: 193:17
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