Corte en el fallo de febrero 1 del año en enrso, en la causa entre las mismas partes por repetición de lo pagado por servicios de barrido, limpieza, ete, Por sus fundamentos y de neverdo con el dictamen del señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada en todo cuanto ha podido ser materia del recurso. Notifíquese y devnólvanse, Astosio Sacanxa — B. A. NaZar AxcuorEsa — Fi Ramos Mesía.
MIGUEL LOPARDO Y OTROS v, IIWMBERTO
BERTOLETTI
DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Derecho de propiedad.
EMPLEADOS DE COMERCIO,
RETROACTIVIDAD: Leyes eirilos.
La cireunstancia de que el contrato de concesión en virtud del cual explota su nogoeio el empleador sea anterior a Ja vieencia de la ley N" 11.729 y de que no se hayan previsto en Él los desembolsos a que se refiere dicha Jey, no le confiere derecho adquirido alguno amparado por la Constitución Nacional para pfivar a sus emplendos de la indemnización por despido,
COMPENSACION,
DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES: Derecho de propiedad.
EMPLEADOS DE COMERCIO.
El rechazo de la compensación de la indemnización debida por el patrón a su empleado despedido, con un erédito de aquél eontra éste vencido con posterioridad n la sanción de la ley N" 11275, a enyo art. 4 remite el art. 157, ine, 79, del Código de Comereio modifiendo por la ley N" 278 no comporta la violación de derecho adquirido alguno del patrón amparado por la Constitución Nacional,
Compartir
87Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1942, CSJN Fallos: 192:73
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-192/pagina-73¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 192 en el número: 73 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
