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Fallos: 192:76 de la CSJN Argentina - Año: 1942

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7 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
EUSEBIO BARRIONUEVO y, 5. A, DI TELLA LTDA,
S.L A.M)
JURISDICCIÓN: Acción personal, El juez competente para eonover en los juicios en que se ejereen acciones personales es, con preferencia al del domicilio del deman:tado, el del lugar convenido para el enmplimiento de la obligación,

CONTRATOS,
JURISDICCIÓN: Acción personal.

A falta de convenio expreso respeeto del Ingar de enmplimiento de un contrato, corresponde examinar si el mismo resulta de la naturaleza de la obligneión, JURISDICCIÓN: Arción personal.


LOCACION DE SERVITIOS.
El lugar de enmplimiento del contrato de locación de servicios es aquél en que éstos fueron prestados, JURISDICCIÓN: Acción personal.

A falta de convenio expreso de las partes. el juez competente para conocer en tna demanda sobre cobro de la indemnización por despido prevista en la ley Ne 11.729, es el del Ingar donde se prestaron los servicios en la época en que oenerieron los hechos en que se funda la demanda, aun enando el contrato se hoya celebrado y haya tenido un breve comienza de ejerueión en el lugar del domicilio del demandado,
DICTAMEN DEL Procrnanor GENERAL
Suprema Corte:

En la presente contienda de competencia no on euentro cirennstanecia particular alguna que pueda modificar la doctrina de Y, E en 182:15 , de ajustada aplicación al caso de autos.

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Año: 1942, CSJN Fallos: 192:76 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-192/pagina-76

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