Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 19:445 de la CSJN Argentina - Año: 1877

Anterior ... | Siguiente ...

libros de la casa Brugo en Buenos Aires conste que las compras de mercaderías contenidas en las partidas dos, tres y cuatro de la cuenta de f. 5 fueron hechas por aquella casa y no por la de esta localidad.

Respecto al número tres no se vé tampoco producida en los autos comprobacion alguna, ni que haya tratado de comprobarse.

Sobre la del número cuatro se vé del mismo modo que no se ha producido justificaciones por ninguno de los medios establecidos por la ley lo que en manera alguna importa un reconocimiento, debiendo tenerse presente además, que en esas cartas no se determina qué clase de saldo es el reclamado, nide qué proviene, ni cuál es la naturaleza de la obligpcion que lo ha producido y que tampoco aparece de autos otra prueba al respecto.

Entrando en el exámer, de la prueba aducida por los Sres.

Prugo demandados, consta de autos :

1° La comprobacion de los documentos presentados por el reconocimiento que corre á f. 57 v. y por las posiciones de f.

58, que las partidas del haber de la cuenta f. 5 fueron giros aceptados á la casa de Buenos Aires.

Y en cuanto al número dos: aparece el reconocimiento y confesion de haber recibido el importe de los cuatro pagarées de f. 10 á 43 citadas.

Por tales fundamentos, considerando que esta causa está comprendida eu los términos del art. 934 del Código de Comercio, y por consiguiente justificada concluyentemente la excepcion de pago que por otra parte, siendo una cuenta cor

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

60

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1877, CSJN Fallos: 19:445 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-19/pagina-445

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 19 en el número: 445 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos