r 12 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA anual a que se refiere el art, 43 de la Ley de Contabilidad sin que das peines ereadas por la ley N' 11.412 hayan sido percibidas por los interesados, no hace eaduear el derecho de los mismos para cobrarlos.
PENSIONES: Principios generales, RETRO ACTIVIDAD: Leyes administrativas, La ley N" 12613 no es aplicable a los casos de pensiones acordadas econ anterioridad a su sanción (1),
JUAN REYE JALIL v. VALENTIN D. GRANEROS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.
No procede la apelación extraordinaria por agravios futuros (2), RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.
La apelación en subsidio del pedido de revocatoria no equivale a la que debe interponerse cuando se trata del recurso extraordinario, que se encuentra sometido a las condiciones especiales preseriptas en el art. 15 de la ley Ne 48 en cuanto a la forma y plazos de dedueción sólo computables a partir del momento de pronunciarse la sentencia que lo motiva o sea la que resuelve negativamente el pedido de reposición (°).
SALVADOR LOPEZ P. yv. PROVINCIA DE SAN JUAN
INTERESES: Procedencia del cobro. Mora.
La reclamación administrativa tendiente a obtener de una ineia la devolución de un impuesto inconstitucional, la constituye en mora y le impone la obligación de pagar L, (1) Freba del fallo: mayo 28 de 1941, Ver Falica: 151, 436; 189, 60.
2) Feeha del fallo: mayo 28 de °741, Ver Fallos: 5, 176; 148, 30, k: (2) Ver Fallos: 149, 39, E
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Año: 1941, CSJN Fallos: 189:422
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