LIBROS DE COMERCIO: Exhibición.
La compulsa de los libros de comercio de los procesados es procedente en las causas criminales por defraudación a la renta aduanera y la omisión de su presentación hace que tenga mayor peso en contra de los procesados los otros elementos probatorios reunidos en el juicio; conclusión aplicable con mayor razón en materia civil.
ACCIÓN CIVIL: Influencia de la sentencia criminal. Absolución.
La circunstancia de que deba absolverse al importador en la querella por defraudación promovida contra el mismo, no es óbice para examinar la cuestión desde el punto de vista de la acción civil sobre cobro de los respectivos derechos aduaneros.
ACCIÓN CIVIL: Influencia de la sentencia criminal. Absolución.
ADUANA: Importación. En general, La falta de prueba del impertador tendiente a desvirtuar las constancias en virtud de las cuales fué condenado en juicio ejecutivo a pagar los derechos: aduaneros exigidos por el Fisco con posterioridad a la introducción de las mercaderías; las diferencias entre el manifiesto de carga y los conocimientos, y los documentos del despacho aduanero, advertidas en numerosas operaciones de importación y otras circunstancias igualmente sugerentes, así como la negativa de la firma introductora a presentar sus libros de comercio, que ha remitido al extranjero, imponen el rechazo de la demanda sobre repetición de los derechos, no obstante la absolución recaída en la causa criminal que se le siguió por defraudación.
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, julio 26 de 1938.
Y Vistos: Estos autos caratulados "Michelín 8. A. Argentina de Nenmátices contra el Gobierno de la Nación, sobre repetición" de los que resulta:
1 Que a fs. 7 se presenta el señor Julio A. García Victorica en representación de la actora, deduciendo formal demanda. contra el Gobierno de la Nación por devolución de la suma de $ 194.193,20 m/n., a mérito de las siguientes consideraciones
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Año: 1940, CSJN Fallos: 188:92
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