MARCAS DEPFABRICA: Oposición, Tratándose de conjuntos distintos, la oposición a una maren debe ser formulada cada vez que se solicite su registro.
MARCAS DE FABRICA; Oposición, La cireunstancia de que la solicitud de registro de una marea se halle pendiente de resolución judicial por haberse deducido oposición, no es úbica para que se eonceda una marea homónima similar pero_no idéntica, pedida por el mismo interesado que solicitó la anterior, sin que haya mediado impugnación, MARCAS DE FABRICA; Oposición. 4 A falta de oposición al registro de una marea, la nulidad de ésta, ma vez concedida, no puede fundarse en la circunstancia de que se hallaba pendiente de resolución judicial otro pedido de registro de una marea similar pero no idéntica,
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL,
Buenos Aires, abril 28 ¿e 1939, Y Vistos: Estos autos caratulados "S. A. Tabaechi Ita.
liani contra Fernández y Sust sobre nulidad de marea", de enyo estudio, resulta :
1 Que a fs. 6, se presenta don Julio Dassen, por la actora, iniciando demanda por nulidad de la marea "Génova" N' 149,053, Expresa que habiendo solicitado con anterioridad los demandados la misma marea, su mandante dedujo oposición siendo con tal motivo llevados los antecedentes al señor Juez Federal, Que encontrándose pendiente esa oposición y habiéndose rechazado un prado de perención que opusiera Tabaeehi Haliani, ha insistido la actora por otra solicitud distinta en la misma maren, la que por inadverteneia lo ha sido concedida. Concluye solicitando el progreso de la demanda, con costas, 2 Corrido traslado lo evacña a fs. 13, la demandada por intermedio de don Ramón J. Saltiberi. Destaca ante todo que sus mandantes son propietarios de la marea "Génova" desde 1916 y hace notar la extraordinaria importancia adqui
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Año: 1940, CSJN Fallos: 187:175
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