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Fallos: 187:180 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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tículo 8 de la ley N" 4055. Señálanse los lunes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de aquéllos no lo fuere para notificaciones en Secretaría. Húgase saber y repóngase el papel.

Ronerro Repetto — ANTONIO SacaRNA — Luis Lixares — B.


A. Nazar Axcioresa — F.
Ramos Mesía,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, julio 3 de 1940.

Y Vistos:

Los del recurso extraordinario en los antos S.

A. Tabacchi Italiani contra Fernández y Sust sobre nulidad de maren.

Considerando : .

Que la procedencia del recurso ha sido declarada por sentencia de esta Corte de fs. 107. Y en cuanto al fondo de la cuestión: .

1" Que la actora demanda la nulidad de la marea "Génova" N' 149,053 registrada por la demandada para distinguir los productos de la elase 21, fundándose en que por acta N° 151.783 solicitó el registro de la marea "Génova" para distinguir los mismos produetos. A esta solicitud se opuso la actora y los antecodentes fueron elevados al Juzgado Federal sin que los demandados promovieran demanda contra la opopente. Sostiene la actora que no pudo concederse a los demandados la marcá euya nulidad pide ahora, por«que se hallaba pendiente de resolución judicial otro pedido de registro de la misma marea. Los demandados

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Año: 1940, CSJN Fallos: 187:180 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-187/pagina-180

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