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Fallos: 186:205 de la CSJN Argentina - Año: 1940

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llentts y. Brunn, 282; U, NS. 216, 224, 225, ante 304-71: A. L.

KR. 1260, 51; 8. Cf. 125), Donde el principio se aplica él no es afectado por el monto del impuesto o la extensión de su resultante interferencia, sino que es absoluto (Me. Culloeh v. Maryland, 4 Wheat. 315, 430, 4 7. Ed., 579 607; United States v.

Baltimore and O. KR, Co,, 17 Wall, 322, 327-21; L. Ed, 597599; Jhonson v, Maryland, 254; U. S. 51, 55, 56-65; L. Ed. 126, 128, 129-417 8. Ct. 16 Gillespie v. Oklahoma, 257; 7, 8. 501, 5305-66; Z. Erl., 338, 0, 42: S, Ct, 171; Grandall y. Nevada, 6 Wall 35, 44, 46-18;L. Ed, 745-747-748). Y agrega la Corte más adelante: "Se ha decidido también que los bonos de una corporación municipal, emitidos en los diversos Estados con objeto de reunir dinero para propósitos públicos de la Munieipalidad y en interés de la misma, están exentos de impuesto federal, y esto es así por la razón de que tales corporaciones son agencias de los Estados y ejercen algunos de sus poderes, y porque conforme a las previsiones de la Constitución, las agencias gubernamentales de los Estados tienen la misma in munidad respeeto del poder impositivo federal que tienen lus agencias y operaciones de los Estados Unidos respeeto del poder impositivo de los Estados (Pollock yv. Farmer's Loand T, Co. 157; U, 8, 429, 584, 586, 601, 652. 653-39; L. Ed., 759 820, 521, 826, $44, ete)". (El caso en que dió el juez Van Devanter la opinión de la Corte Suprema fué motivado por la aplicación de un impuesto federal a la venta de motocicletas :

una Municipalidad de Massachusetts para el servicio policial) En el caso de Burnet y. Corona" > Oil and Gas Company (285 U. 8. 393-413; 76 L. Ed., 815), resuelto por la Corte Suprema en abril 11 de 1932, la norma constitucional de que el Gobierno Federal no grava con impuestos a los instrumentos o agenejas de los gobier10s de los Estados, fué otra vez reiterada y aplicada, El juez Mae Reyuols, dando la opinión de la Corte, dijo, después de citar minuciosamente todas las décisiones anteriores en el mismo sentido: "Es un principio ya establecido en nuestro sistema dual de gobierno, que las instrnmentalidades, medios y operaciones a través de las cuales los Estados Unidos ejercen sus poderes gubernamentales están exentos de imposición por los Estados; y que las instrumentalidades, medios y operaciones por los que los Estados ejereen los poderes que les corresponden, están igualmente exentos de imposición por los Estados Unidos. Indian Motoeyele Co, v, United States, 283 U. S. 570, 75 L. Ed. 1277; 51 5. Ct. 601 supra, Cada gobierno es supremo en su esfera propia, y en lo que atañe a la preservación de nuestro sistema dual este hecho

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Año: 1940, CSJN Fallos: 186:205 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-186/pagina-205

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