Civil de la Capital, doctor Dobranich, a quien se remitirán los autos, haciéndose saber en la forma de estilo al señor Juez Federal de la Provincia de Buenos Aires, con asiento en Bahía Blanca. Repóngase el papel.
Roserro Reretto — ANTONIO SaGarNA — Luis LiNAREs — F. Ramos Mesía.
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD v. EMPRESA
DE TELEFONOS DE JUJUY
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD.
DOMINIO PUBLICO.
JURISDICCIÓN: Fuero federal.
Corresponde a la justicia federal conocer en la causa criminal a instruirse con motivo de un daño ocasionado en bienes de propiedad de la Nación, como lo son los caminos construídos por la Dirección Nacional de Vialidad y los árboles existentes en ellos.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
De la denuncia formulada a fs. 2 por la Dirección Nacional de Vialidad ante el Juzgado Federal de Jujuy resultaría que personal de una empresa local de teléfonos por orden de la misma, habría destruído árboles que bordean un camino construído por aquella Dirección, con motivo de la instalación de sus líneas de comunicaciones. Se denuncia por ello el daño causado a los fines de la sanción penal correspondiente.
El juez federal ante el que fué presentada se ha declarado incompetente para conocer en la causa, e
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Año: 1939, CSJN Fallos: 185:319
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