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Fallos: 185:284 de la CSJN Argentina - Año: 1939

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curador General, se declara que es juez competente para conocer en esta causa el de Instrucción en lo Criminal de la Capital N" 6, a quien se remitirán los autos, haciéndose saber en la forma de estilo al señor juez federal, doctor Jantus.

Rosento RerPetrTrO — ANTONIO SacarNa — Luis LINARES — B. A. Nazar AxCHORENA — F. Ramos Mrsía.


ARISTIDES BIANCHI v. PROVINCIA

DE BUENOS AIRES.
EXCEPCIONES: Prueba y procedimiento. Excepción de incompe tencia.

JURISDICCION: Jurisdicción originaria. Principios generales, La circunstancia de que la parte demandada ante la Corte Suprema haya opuesto la excepción de incompe.

tencia fuera de término, no es óbice para que el tribunal pueda pronunciarse sobre su jurisdicción sin necesidad de esperar hasta el momento de dictar la sentencia que decida el pleito.

JURISDICCION: Prórroga de jurisdicción.

La aquiescencia con el conocimiento de los jueces o tribunales locales puesta de manifiesto en los procedimientos seg'.idos ante los mismos, importa renuncia de la jurisdicción federal que pudo corresponder al actor.

JURISDICCION: Prórroga de jurisdicción.

El nombramiento de perito a los efectos del art. 7" de la ley- de expropiación de la Provincia de Buenos Aires, importa una expresión de conformidad suficiente para considerar prorrogada la jurisdicción.

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Año: 1939, CSJN Fallos: 185:284 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-185/pagina-284

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