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Fallos: 184:704 de la CSJN Argentina - Año: 1939

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cuentre en condiciones de apercibirse de los errores, faltas, culpas, ete., agregando que "ello se expresa claramente en el art. 33 de la ley 11.281, concordante con el art. 846 de las Ordenanzas en cuanto a las rectificaciones de los manifiestos de los buques que, por el art. 43 de la ley 11.281, están equiparados al manifiesto de despacho directo, y al de transbordo, y esta Corte ha resuelto que "el principio general es que el derecho de salvar los errores deslizados en el manifiesto general desaparecen enando la Aduana ha advertido por sí misma la infraeción", t. 148, púg. 12".

En el canso sub-judice, la diferencia entre la guía de tránsito y el despacho direeto que la rectificó en cuanto a la cantidad introducida, no fué advertida por la Aduana, antes de la presentación de dicho despacho; sino casi un año después de la rectificación (denuncia de fs. 1).

Por lo tanto, no es el caso de atenuar la pena en uso de la facultad del art, 1056 de las Ordenanzas (resolución del señor Administrador de la Aduana de fs. 15, anulada por falta de jurisdicción, fs. 33 y 36), sino de eximir totalmente de ella.

Por sus fundamentos y disposiciones legales citadas, fallo absolviendo de culpa y cargo a la Cía. Swift de La Plata, S.

A., de esta enusa n" 30.761, que se le sigue por infracción a las Ordenanzas de Aduana. Notifíquese; y consentida o ejeeutoriada que sea, devuélvase los sumarios agregados, fecho archívese. — Raúl Giménez Videla.


SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
La Plata, junio 5 de 1939.

Y Vistos: los de este recurso contencioso interpuesto por la Cía. Swift de La Plata S. A. contra una resolución de la aduana local.

Considerando : Que, como lo dijo este Tribunal al revocar el anto de sobreseimiento dictado por el Juzgado a fs. 46, "confrontados entre sí los documentos que corren a fs. 2 y 7 respectivamente, permiten establecer en forma acabada el hecho que se denuncia a fs. 1, esto es, que la Cía, Swift de La Plata solicitó guía de tránsito en la Capital Federal para trasladar del vapor "Gro", procedente de Philadelfía, al paibelot nacional "Swift 6", entre otras merenderías, la cantidad de 2.482 cajones de hojalata consignados a su nombre eon un peso bruto de 211.869 kilos, y, luego, en el pedido de despaeho directo presentado a la Aduana de esta ciudad, declaró

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Año: 1939, CSJN Fallos: 184:704 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-184/pagina-704

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