FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, septiembre 29 de 1939.
Y Vistos: Los seguidos por Pancracio Cardile contra la Provincia de Buenos Aires y la Sociedad Anónima Compañía de Tranvías La Nacional, de cuyo estudio resulta:
A fs. 21 se presenta Prudencio Lassarotte por don Paneracio Cardile instaurando acción negatoria contra la Provincia de Buenos Aires y la Compañía de Tranvías La Nacional conjuntamente, por haberse arrogado ambas entidades en unión una servidumbre de paso continua y aparente desde el año 1919, más o menos, sobre una propiedad de su mandante que invidualizará más adelante, a fin de que se les condene a retirar en plazo breve una línea de rieles Decauville que la Provincia tendió sobre dicha propiedad y que la Compañía La Nacional dice tener en explotación con beneficio público, por concesión de ese Estado, y prive a ambos demandados de todo ulterior ejercicio de ese derecho real usurpado y les imponga, además, la obligación de reparar los perjuicios que el uso prolongado de la ilícita servidumbre ha originado a su representado, impedido de ejercer libremente sus derechos de posesión y propiedad, conforme a lo dispuesto por los artículos 2801 a 2803 inclusive del Código Civil.
Dice que el derecho a poseer afectado en su libertad por la servidumbre de hecho que se le ha impuesto, surge de las escrituras e instrumentos públicos acompañados. Se trata de una porción de la isla Santiago, de diez y seis hectáreas, mús o menos, que se extiende desde el río Santiago hasta la playa del río de la Plata, en el paraje denominado "Palo Blanco", Partido de La Pla
Compartir
65Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1939, CSJN Fallos: 184:693
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-184/pagina-693
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 184 en el número: 693 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos