no para las penas impuestas — art. 792 del Código Civil.
Que esta distinción de las decisiones aduaneras entre las de earácter meramente administrativo y las de naturaleza penal, ha sido elaramente establecida por esta Corte — Fallos: t. 156, pág. 100 — y el carácter penal de la que motiva este juicio es evidente pues tiene carácter preponderantemente sancionador para prevenir la violación de la ley, y no earácter reparatorio para resarcir un daño.
Por estos fundamentos, de conformidad con lo dietaminado por el señor Procurador General y los concordantes de la sentencia apelada, se la confirma en todas sus partes, sin costas. Notifíquese y devuélvanse, debiendo reponerse el papel en el juzgado de origen.
Ronerro RerEttO — ANTONIO Sacanxa — B. A. NAzan ANCHORENA — F. Ramos Mesía.
FERROCARRIL DEL SUD
JURISDICCION: Fuero federal. Por la materia, Compete a la justicia federal entender en el sumario sobre sustracción de varios acumuladores de electricidad correspondientes a un coche y a un furgón de un ferrocarril nacional (').
1) Fecha del fallo: julio 10 .
107, 0; tae + julio 10 de 1939, En igual sentido, Fallos:
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Año: 1939, CSJN Fallos: 184:167
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